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DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

http://www.cal.org.pe/legislacion/declaracion_universal.htm
10 diciembre 1948

PREÁMBULO
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre;
y Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL
Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1°.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2°.- 1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3°.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4°.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidos en todas sus formas.
Artículo 5°.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6°.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7°.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8°.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9°.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, pero ni desterrado.
Artículo 10°.- Toda personal tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11°.- 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12°.- Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13°.- 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14°.- 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15° 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16°.- 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17°.- 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18°.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19°.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20°.- 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21°.- 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22°.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23°.- 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24°.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25°.- 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tiene derecho a igual protección social.
Artículo 26°.- 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27°.- 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28°.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29°.- 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de su libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30°.- Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración

16 comentarios

SARAYASI ALEJO JULIO -

LOS DD.HH, es cierto hasta el punto donde se enfrenta al poder, cuamdo se debe decidir entre poder y DD.HH,ya todos sabemos los resultados.

Dr."Marco Antonio Mayta Larico" -

bueno es este tema muy discutido .que si se aplican ,no se aplican,y .ahora y vuelven a caer en lo mismo , yo soy de la idea de que los susodichos.DDHH.Deben ser objeto ya de ciertos cambios,(esta esta vigente desde 1948)acordes con los tiempos actuales.y la nueva ideosincracia que se va creando.entonces esa sería mi sugerencia.

Richard Julio López Balabarca -

Creo yo que a pesar de las violaciones que se cometen en contra de los Derechos Humanos, aun podemos hablar de estos, ya que los Derechos Humanos estan presentes en cada uno de nosotros en el momento que ingresamos en esta pagina web a dar nuestros comentarios y si no teniamos conocimientos de la existencia de estos, ahora lo sabemos y no solo esto ya que aun existen personas que queremos concretizar este ideal llamado "Derechos Humanos".
El fundamento esta interiorizado en cada una de las personas que conocen de la existencia de estos y su cumplimiento solo depende de un compromiso sincero primero con nosotros mismos y luego con el resto de la sociedad, para asi obtener los verdaderos beneficios que nos ofrecen el cumplimiento de los Derecos Humanos a todos los que habitamos este planeta.

flor de maria canqui valdez -

En estos tiempos los DD.HH parecen ser solo ideas plasmadas en un papel ya que en la actualidad no se cumplen.
Segun se dice existen paises que en union con la ONU luchan por el cumplimiento de estos derechos, pero entonces como se explica que EE.UUU uno de los paises que trabaja de la mano con la ONU este realizando violaciones de los DD.HH contra personas que en su mayoria son inocentes,en la guerra desatada contra Irak, tan solo por intereses economicos.El colmo de que nadie se pronuncie sobre este hecho

yuli cardenas venito -

Creo que una posible solución seria cultivar los DD.HH desde nuestros hogares ya que si queremos el cambio y un econocimiento de estos, deberiamos pensar a largo plazo pues el futuro es la nueva generación y una nueva generación conlleva a un mundo mejor con valores que demuestran y no aparentar lo que no somos ni prometer lo que no haremos como los gobiernos, ya que no cumplen con lo que acuerdad acerca del tema, no promueven ni cultivan el respeto por los demas y por nosotros mismos ya que provocan guerras que no merecen el sufrimiento y la muerte de muchas personas.

Zocrates Rado Pineda -

Hablar de vigencia de los DD.HH es un tanto complicado, por la manera de que estos mismos en nuestro país se han violado, ahora es difícil saber por que se han violado estos, para mí el punto de quiebre para poder resolver este tema es saber que pasa en las personas que infringen estos derechos y luego sacar una conclusión.
Ahora, si hablamos de la violación de DD.HH en el Perú, es hablar de muchos años de torturas, pero estos se dieron por el abuso de poder que existió, y que esos gobiernos lo que querían lo lograban, no solo eso estamos ante una variedad de pensamientos si vemos lo que pasa en el pensamiento Gonzalo, ahí trataban al gente campesina como instrumentos y a toda clase de personas, y por que eso, por que estamos ante un mundo en que ya no importa la gente, tan solo tú, es decir, el egoísmo , yo persigo lo que quiero y lo logro como sea, eso mismo paso, con el estado que hizo todo lo posible para matar a estos terroristas, pero se equivocaron también, mataron gente inocente , todo esto yo lo resumo en esa frase maquiavélica: “ el fin justifica los medios”y por que digo eso por que moramos en un mundo que ya no importa casi nada la vida del ser humano, es decir de los otros seres humanos , lo único que importa es que yo este bien y se acabo, como pasa en la guerra de oriente, todo es intereses ya sean religiosos, económicos, etc. Y que los DD.HH es una especie de cortina actualmente, para poder regular de cierta manera esos actos. Ya que nada es como antes donde las sociedades eran más humanistas, ya que ahora son más materialistas que otra cosa

Daniel Morales Lipa -

Creo que la finalidad con la cual se crearon los Derechos Humanos fue la de, no sólo promover la justicia, libertad y paz mundial, sino que asegurarla, pero hoy en día estos principios, como dijo mi compañero, no se respetan y es misión de todos los países difundirlos, poniendo comerciales o dando charlas gratuitas, a través de las cuales las personas puedan informarse y no se den violaciones a los mismos.
Estos 30 artículos deberían de servir de base y punto de partida para que se respete la dignidad de las personas en todo el mundo.
Solo poniendo de nuestra parte se podrán llegar a reconocer verdaderamente los Derechos Humanos, y así de esta forma llegar a la tan anhelada paz mundial.

christian mamani caira -

yo creo que la declaración de los derechos humanos, es necesario, pero tenemos en cuenta que los derechos existieron desde que el hombre vive en sociedad, y solo pienso que no se necesita de una declaración escrita para que se respeten, ya que los derechos humanos se fundan en principios, por lo cual los principios tienen caracter obligatorio desde que son tomados por las comunidades de individuos, critico lo entendido que con la declaracion de derechos humanos solo a partir de esa declaracion se deban respetar.

ROSA ELENA CONDORI APAZA -

considerando que los derechos humanos son un conjunto de facultades y atributos que la constitución reconoce a los habitantes de un estado y que reconoce las libertades fundamentales para una vida libre racional y justa y desarrollar sus dotes de inteligencia pero si los pueblos y naciones no se esfuerzan en ponerla en practica solo sera letra muerta y seguiran pasando tragedias y quizas se podria evitar si cada uno se comprometiese a respetarlo pese a cualquier situación que nos encontremos ya que nos asegura el bienestar de la ciudadania.

johanna cuela -

Es necesario que la declaracion de los derechos fundamentales sea conocida por todos y no solo eso sino que deberia darsele la importancia que se merece, pues son fundamentos, principios y deberían estar presentes en todos los actos que realizemos, creo que la mayoria no le ha dado la importancia que debería; debemos analizar e interpretar su significado encontrar el sentido de su existencia, para qué han sido creados.
Creo que de nada serviria si supieramos los 30 artículos de memoria si no podemos ponerlos en practica y no hemos podido entender de su existencia.

cesar alexander hancco murillo -

Sobre los 30 artículos establecidos en la Declaración Universal de los derechos humanos, todos estos se pueden llevar a cabo cuando se logre llevar una armonía dentro de la convivencia social , donde cada uno de los individuos tengan la tendencia hacia el bien común, ya que el bien común consiste principalmente en la defensa de los derechos y deberes de la persona humana; pero también se necesita de la ayuda de los gobernantes , conduciendo hacia el bien común a todos los hombres dentro de la sociedad .Ellos, deben reconocer, respetar, armonizar, tutelar y promover los derechos humanos.
De esta manera pienso que los derechos humanos podrán ser efectivos.
Profesor Tapia , luego de haber buscado un poco mas de información acerca de los Derechos Humanos es que en este material, encontré ciertas inquietudes como son:

1.¿podría fundamentar, aclarar la siguiente idea?
A partir del momento en que toda la filosofía de los Derechos Humanos penetra en un ámbito práctico, con el fin de normativizarse en el régimen político, es cuando la filosofía comienza a formarse en una ideología de derechos humanos.
2.¿Los derechos humanos están insertos dentro de los principios generales del derecho? ¿si? ¿no? ¿Por qué?

Zocrates Rado Pineda -

PARA DDEDWIN GALINDO
Bueno tu hablas de dignidad, de que el hombre es merecedor de algo, y tienes razón, pero en tu opinión, respecto a que los hombres saben que es bueno y que es malo te equivocas, por que si supieramos todos los hombres por nuestra naturaleza que es bueno y que es malo, no estariamos estudiando que son los DD.HH , ya que estos son inherentes a nosotros, ahora dices que el hombre sabe esa distinción de que es bueno y qe es malo, y dices que lo sabe a o por conciencia, y te digo la conciencia que nosotros tenemos se debe no al tan solo hecho de ser hombres sino a nuestra formación, es decir, a los valores que nos inculcan en el hogar, colegio, iglesia, sabiendo que estas instituciones son distintas en cada lugar y en cada epoca.
ademas dices que estos DD.HH eatan escrios de manera ambigua y hay vaguedad en sus escritos, yo te pregunto si fuera asi por que despùes de muchos años todavia siguen vigentes, y te respondo no son ambiguos ¡, ni tampoco vagos, sino simplemente principios comunes que a la mayoria de las personas le agraderia tener por lo que tu dices por ser dignos , pero siempre hay personas que se oponen a estos principios ya sea, por sus intereses, y por que no les conviene, y termino diciendote los DD.HH son hermosos por que son muy complejos para estudiarlos, por que los hombres son universos distintos y únicos.

Ddedwin Galindo Gonzales -

Los Derechos humanos, parecen bonitos; hablan de igualdad juridica, de que todos debemos ser tratados bajo el respeto que nos brinda la dignidad. No digo dignidad humana puesto que solamente el hombre posee dicha dignidad.
Y el hombre por ser digno es merecedor de algo. Y ese algo es ser tratado como otros hombres. Un tratamiento de un respeto reciproco entre varias personas. Personas que poseen valores juridicos para poder decididr ¿que cosa es malo?, o ¿que cosa es bueno?
Y ya que el hombre por su propia voluntad sabe a conciencia lo que es bueno y lo que es malo.
Y si respetar dichos Derechos Humanos es bueno, la gente lo cumple. Pero tambien estos derechos no etan escritos de una manera concreta, tienen notas de mucha ambiguedad y vaguedad en su escrito.

ADELA PEREA MOLLO -

Considero fundamental que se deberia empezar por hacer que los Derechos Humanos sean del conocimiento de todas las personas, sin excepcion alguna; para que de esta manera no se abuse,ni se permita el ejercicio abusivo del los derechos.
Podria decir, que los Derechos Humanos son IDEALES, puesto que apesar de que son principios de Derecho, son pisoteados por las propias autoridades; siendo nosotros y sobre todo ellos los que deberian luchar por hacer que se cumplan, puesto que son los que representan al pueblo.

romel magdiel pumalla alviz -

Como es de conocimiento de todos los Derechos Humanos son principios generales del derecho,pues como diria mi compañera Ingrid se basan en la dignidad (no digo dignidad humana pues la dignidad es exclusividad de las personas),la justicia la equidad,y claro muchos valores mas.
El punto primordial para que se respeten los derechos humanos,es informando a la poblacion todos los derechos en esta declaracion contenidos ,y que mejor medio parar lograr esto que prestar con la colaboracion de la prensa,o desarrollando campañas de informacion ,en especial en las zonas mas reconditas del pais que es donde mas se violan los derechos de las personas.
Realizado esto ,es cuestion de cada uno internalizarlos para que impere la paz en el mundo.

Ingrid Alexandra Bravo Arredondo -

Yo considero que la finalidad de la creación de los Derechos Humanos fue la defensa de la dignidad humana, teniendo en cuenta la libertad,la justicia y la paz que debe imperar en nuestra sociedad .
Además es importante que cada persona en el mundo conozca por lo menos estos treinta artículos y que los internalice, es así que se lograría que una persona respete y haga respetar sus derechos. Entiendo que lograr esto no es nada fácil pero podríamos al menos intentarlo ya que de esto depende que podamos vivir en una sociedad mejor respetandonos unos a otros.